TESTIMONIO: VISTO: El Artículo 3º de la Ordenanza Nº 87/98 por el cual se acepta el ofrecimiento realizado por el Señor Intendente, referente a la donación de pesos mil ($ 1.000.-) mensuales con cargo a la creación de un fondo destinado a fines de carácter social, y CONSIDERANDO: Que la Ley 25.239 sancionada el 29/12/99, en su título I, Impuesto a las Ganancias, trata las Rentas del Trabajo Personal en Relación de Dependencia, y a causa de ello la Resolución General 756 (modificatoria de la R.G. 4139) ha efectuado modificaciones en las deducciones admitidas en concepto de ganancia no imponible, deducción especial, y modificando la escala de alícuotas contenidas en el Artículo 90º de dicha ley, y Que ello repercute en forma sustancial en la remuneración recibida por el Señor Intendente, al tener que realizar la retención correspondiente de acuerdo con las nuevas normas. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 12/00 ------------------------------ ARTICULO 1.- Modifícase el texto del Artículo 3º de la Ordenanza Nº ------------ 87/98, que quedará redactado de la siguiente forma: "ARTICULO 3º.- Acéptase el ofrecimiento realizado por el Señor --------------Intendente Municipal referente a la donación de hasta seiscientos pesos ( $ 600.-) mensuales, con cargo a la creación de un fondo destinado a fines de carácter social.--------------------------- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los trece días del mes de abril de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-